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10 pasos a seguir para eliminar la cláusula suelo de tu hipoteca

¿Cláusula suelo? Cómo eliminarla en 10 sencillos pasos

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1.- Revisa posibles fallos en la comercialización de la cláusula suelo

El fallo más gordo y más habitual que puede existir, es la ausencia de oferta vinculante en tiempo y forma en caso de ser necesaria. La oferta vinculante es un documento que se entrega entre 10 y 3 días antes de la firma de la escritura de préstamo hipotecario y en ella tienen que venir reflejadas las condiciones del préstamo (incluida la cláusula suelo).

Las hipotecas anteriores a Noviembre de 2007 tenían obligación de recibir oferta vinculante si la hipoteca era inferior a 150.000€. A partir de esa fecha y hasta 2011 era obligatoria para todas las hipotecas. Todo esto para hipotecas nuevas o novaciones. Las subrogaciones no están obligadas a facilitar esta información.

Si no disponemos de ella podemos solicitarla para comprobar su exixtencia, si no la hay, no se os ocurra firmarla a posteriori. Con esta carta podéis solicitarla.

2.- ¿Cuándo es ilegal o abusiva una cláusula suelo?

Una cláusula suelo puede declararse nula si se producen cualquier de estas tres causísticas:

A). En el contrato de tu hipoteca hay una cláusula suelo pero no una cláusula techo o ésta es excesivamente alta.

B). En la oferta vinculante previa no aparece la cláusula suelo. Es decir, lo que se pactó y lo que se firmó con el banco finalmente es diferente a la hipoteca que pagas.

C). El cliente no ha sido informado de forma clara y transparente por la entidad bancaria al firmar el préstamo hipotecario de su vivienda.

En definitiva, en aquellos casos en los que haya habido falta de transparencia o un claro desequilibrio en las cláusulas de tu contrato hipotecario.

3.- Revisa el porcentaje de cláusula suelo que tienes asignado.

4.- Lee detenidamente todo la escritura de tu préstamo hipotecario para presentarlo en la reclamación

Intentando revisar paso a paso todas las cláusulas y puntos de la escritura, podrás descifrar todos los posibles errores que haya habido a lo largo de los x años que llevas pagando de más en tu hipoteca.

5.- Recopila todos los documentos y correspondencia (reclamaciones, comunicados, cartas, etc) que hayas tenido con tu entidad bancaria.

Es importante ya que en cualquier documento que te hayan remitido, han podido introducir anexos a tu escritura o bien haber aceptado nuevas condiciones planteadas en el escrito.

6.- Ponte en contacto con nosotros

Te asesoramos desde el primer momento sobre las condiciones y el proceso a seguir para presentar la demanda a tu banco.

7.- Recibe la información detallada de la cuantía a devolver.

Una vez dispongamos de la documentación necesaria, te haremos un estudio de viabilidad así como te informaremos de la cantidad exacta que el banco debe devolverte por la aplicación de la cláusula suelo. TOTALMENTE GRATUITA

8.- Contrata nuestros servicios

TOTALMENTE GRATUITO

9.-  Presentación de la reclamación judicial

Una vez hayas decidido contratar con nosotros, procederemos de forma inmediata a la reclamación judicial, sin desembolso ni coste alguno para ti.

10.- Recupera tu dinero. Ya puedes decir… ¡Nunca más cláusula suelo!

Desde el primero hasta el último paso, Ogmios Abogados te ofrece un servicio integral e asesoría, comunicación, consultoría y representación legal.

Llámanos y te asesoramos sin compromiso.

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Stop cláusula suelo: cómo se ha aplicado indebidamente

¡Stop cláusula suelo! ¿Qué es la cláusula suelo?

Se trata de una condición general de la contratación, que se en los contratos hipotecarios y que impiden que el consumidor se beneficie de las fluctuaciones a la baja del tipo de interés.

Casos reales y muy reveladores sobre la realidad de la cláusula suelo.

Esto es un ejemplo práctico. Imagínase que ha solicitado una hipoteca para comprarse un piso en el año 2008. La entidad bancaria X le concede el préstamo, tras comprobar que usted cumple los requisitos que ellos plantean. El personal del banco le informa: le prestamos el dinero (denominado principal) y por ese préstamo le cobramos unos intereses, que varían. Esos interés están compuestos por un tipo fijo ( 1% – 1,5% – 2 % – 3% – etc…) y un tipo  variable (normalmente es el conocido EURIBOR) con lo cual LA HIPOTECA estaría compuesta por:

CAPITAL + INTERESES (TIPO FIJO + TIPO VARIABLE)= HIPOTECA

Los intereses varían por el tipo variable “EURIBOR” (hoy, marzo de 2016, el EURIBOR esta en -0,025 pero en febrero del 2008 estaba en 4,349) y esto es lo que las entidades venden, una hipoteca a interés variable.
Si pagara usted Euribor + 1 hoy pagaría de intereses 0,975 y en el año 2008 pagaría 5,349.

¿Qué hace la clausula suelo?

El banco cuando vende los intereses no informa que va a introducir en la hipoteca la cláusula suelo. Por lo tanto, ya tenemos falta de información y ocultamiento de una cláusula que figura en el contrato y que desconoce.
La cláusula viene e a decir, someramente, que con independencia de lo que bajen los intereses, a usted no se le aplicará en ningún caso, un interés inferior al 2,50-  3,5% ..(Esto varía dependiendo del banco y del “prestatario”) con lo cual a día de hoy estaría pagando ese 2,5 por aplicación de la cláusula suelo, cuando en realidad tendría que pagar 0,975.
La cláusula suelo consiste en que un interés inicialmente variable, tenga un mínimo, para evitar que si el descenso del mismo es muy acentuado, la persona que solicita el préstamo hipotecario, no se beneficie de las bajadas de los tipos de interés, convirtiéndose su interés variable en fijo (el suelo).

¿Cuál es la situación actual?

Actualmente, los bancos están realizando la devolución del importe cobrado indebidamente a los usuarios de los hipotecas, pero solo desde el 9 de mayo de 2013, y no las cantidades cobradas injustamente y de forma abusiva desde antes de esa fecha, por lo que, según el ejemplo que hemos puesto anteriormente, habrá más de 5 años de cláusula suelo abonada por el solicitante del préstamo indebidamente. Ello debido a que el Tribunal Supremo aclaró que solo cabía la devolución desde esa fecha.
No obstante, esta situación, de devolución de los intereses desde la firma del préstamo, está pendiente de resolución por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuyo fallo, se espera para el 26 de abril.

¿Qué hacer para cambiar esto?

Llámenos y le asesoramos e informamos de forma totalmente gratuita. Luchamos por la defensa de los derechos de los consumidores en este y más casos abusivos de las entidades bancarias sobre sus clientes.